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Trámite del Estado

Solicitud de franquicia por discapacidad

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Solicitud de franquicia por discapacidad"?

Permite a personas con discapacidad solicitar los beneficios para la importación de un vehículo y/o de mercancías , establecidos en los artículos 48 y 49 de la Ley Nº 20.422 . El trámite se puede realizar durante todo el año, en el sitio web y en oficinas del Servicio Nacional de Aduanas .

¿Cómo se realiza el trámite y qué detalles debo considerar?

Revise el detalle de los beneficios: Artículo 48 : Permite importar un vehículo nuevo o usado, desde el extranjero o desde zona franca, pagando el 50% del Arancel Aduanero que corresponda aplicar. Además, posibilita acceder al pago del IVA hasta en 36 cuotas, previa solicitud al Servicio de Impuestos Internos (SII). El vehículo es para el uso y traslado de la persona con discapacidad. Los vehículos importados bajo esta franquicia, deberán permanecer, por un tiempo no inferior a tres años, destinadas al transporte y uso de las personas con discapacidad. Artículo 49 : Permite importar las mercancías señaladas en la ley, liberadas del Arancel Aduanero, además de poder acceder al pago de IVA en cuotas. Las mercancías importadas deben tener relación con la discapacidad que presenta la persona y deberán permanecer, por un tiempo no inferior a tres años desde su importación, destinadas al uso de las personas con discapacidad.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Resolución afecta Nº 56 , del 13 de abril de 2017 del Servicio Nacional de Aduanas. Resolución Afecta Nº 106 , del 14 de noviembre de 2019 del Servicio Nacional de Aduanas. Resolución Afecta Nº 11 , del 7 de noviembre de 2021 del Servicio Nacional de Aduanas. Ley Nº 20.422 , del 10 de febrero de 2010 del Ministerio de Planificación. Información proporcionada por Servicio Nacional de Aduanas Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: ¿A quién va dirigido?

Personas naturales con discapacidad, que actúen por sí mismas o por medio de sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales. Personas jurídicas sin fines de lucro, que, de conformidad con sus estatutos, actúen en el ámbito de la discapacidad, y tengan por objeto la asistencia, cuidado o apoyo de personas con discapacidad.

Sobre el trámite: ¿Cómo y dónde hago el trámite?

devices En línea store En oficina - Instrucciones Trámite en línea Reúna los documentos requeridos. Haga clic en "solicitar franquicia". Una vez en el sitio web de la institución, escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "continuar". Si aún lo la tiene, solicítela . Seleccione la opción “franquicia discapacidad”, y haga clic en “nueva solicitud”. Seleccione el tipo de solicitud, complete los datos requeridos, adjunte los documentos, y haga clic en "enviar solicitud". Como resultado del trámite, habrá realizado la solicitud de franquicia por discapacidad. - Instrucciones Trámite en Sucursal Reúna los documentos requeridos. Diríjase a una de las oficinas del Servicio Nacional de Aduanas, correspondiente al domicilio de la persona con discapacidad. Explique el motivo de su visita: solicitar franquicia de discapacidad. Entregue los antecedente requeridos. Como resultado del trámite, habrá ingresado la solicitud de franquicia por discapacidad. - Instrucciones contacto telefónico - Instrucciones trámite por Email - Instrucciones trámite en el Consulado

Sobre el trámite: ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Certificado de discapacidad . Resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), correspondiente al domicilio del beneficiario o beneficiaria que puede incluir los elementos opcionales constitutivos del equipo especial del vehículo. Solo en caso de solicitud para importación de vehículo (artículo 48). En caso de solicitudes realizadas por sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales, además deberán presentar: Fotocopia simple de su cédula de identidad. Copia autorizada de la sentencia judicial, con certificado de ejecutoría, del instrumento público en el que conste su personería con certificado de vigencia, según corresponda, con una vigencia no superior a 60 días, o instrumento privado suscrito ante notario. En el caso de haber hecho uso del beneficio con anterioridad, deberá indicarlo en su solicitud y presentar: Certificado de inscripción en el registro de vehículos motorizados, correspondiente al último vehículo importado (acogido a la Ley Nº 20.422). Comprobante de pago del IVA emitido por el Servicio de Impuestos Internos, cuando sea pagado en cuotas o certificado de pago emitido por la Tesorería General de la República. Para trámite en línea, debe contar con ClaveÚnica .

Sobre el trámite: ¿Qué vigencia tiene?

La resolución tiene vigencia indefinida, exceptuando los caso de personas con discapacidad que sean reevaluadas por el COMPIN con posterioridad a la emisión.