Trámite del Estado
Homologación de motocicletas
Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026
¿Qué es "Homologación de motocicletas"?
Si eres fabricante, armador, importador o representante de motocicletas, realiza la homologación de motocicletas nuevas y sin uso, constatando mediante el análisis técnico de una motocicleta prototipo o de producción que pretenda comercializarse en el país, el cumplimiento de las reglamentaciones establecidas para los aspectos constructivos (seguridad y funcionales) y de emisiones de gases de escape, establecidos para Chile. Este trámite no aplica para casos de extravío o pérdida del Certificado de Homologación Individual (CHI) de una motocicleta en circulación o en uso. Solicita la homologación durante todo el año en la oficina del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) o por correo electrónico.
¿Qué documentos necesito para el trámite?
Anexo A del Oficio N° 957, de 2004, de la Subsecretaría de Transportes. Solicitud de homologación conforme al anexo B y los antecedentes técnicos descriptivos señalados en los anexos C, D, E y F, según corresponda. Descarga el Oficio .
¿Cuál es el marco legal del trámite?
Decreto Supremo Nº 104 , de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece norma de emisión para motocicletas. Decreto Supremo Nº 36 , de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece disposiciones sobre homologación de motocicletas que indica. Decreto Supremo Nº 66 , 2003, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modifica Decreto Nº 104, de 2000, que establece normas de emisión para motocicletas. Decreto Supremo N° 123 , de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que dispone requisitos técnicos que deben cumplir los dispositivos y sistemas de seguridad de las motocicletas Decreto Supremo Nº 160 , de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija condiciones de otorgamiento y características de certificados de homologación individual y modifica los decretos números: 156, de 1990 y 141, de 1997. Oficio N° 957, de 2004, de la Subsecretaría de Transportes, sobre pruebas para la homologación de motocicletas. Resolución Exenta N° 3.046 , de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija formato y características de Certificado de Homologación Individual Electrónico (CHI.-e), establece procedimiento de autorización para la emisión del CHI-e y la forma en que se deberá reportar la relación de los certificados emitidos. Decreto Supremo N° 234 , de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que dispone uso de elementos de seguridad en motocicletas y vehículos similares. Información proporcionada por Subsecretaría de Transportes Descarga una versión PDF de esta página
Sobre el trámite: Solicita la homologación
Dirígete al Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), ubicado en Vicente Reyes Nº 198, Maipú, Región Metropolitana . También puedes enviar la documentación, en formato PDF, al correo electrónico pcifuentes@mtt.gob.cl . Importante : Para conocer el costo de este trámite, revisa la tabla de valores vigentes . El Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) realizará la homologación de motocicletas mediante la ejecución de mediciones de emisiones de gases de escape a una motocicleta representativa del modelo que se pretende comercializar y la verificación física de las características de esta. Recuerda que debes entregar y retirar la muestra física del vehículo representativo presentado para la ejecución de las verificaciones correspondientes. Dentro de ocho días hábiles, contados desde la fecha de presentación del vehículo, el 3CV emitirá un pronunciamiento respecto de la concordancia entre este y los antecedentes entregados, y en caso de no existir observaciones se otorgará el respectivo certificado de homologación para el modelo de motocicleta. Por cada modelo de motocicleta aprobado, el 3CV otorgará los respectivos informes técnicos y el certificado de homologación, documentos que consignan la marca y el modelo de la motocicleta, sus principales especificaciones, junto con el código de informe técnico asignado. Quien obtenga la homologación de un modelo de motocicleta, deberá solicitar al 3CV la autorización para emitir Certificados de Homologación Individual Electrónicos (CHI-e), documento que se debe emitir y entregar por cada modelo de motocicleta homologada que se comercialice y que conforman la o las partidas de los modelos aprobados . La motocicleta cubierta por un CHI-e vigente, está liberada de revisión técnica y de gases para efectos de obtener el permiso de circulación durante el período de validez del certificado. La revisión técnica y de gases debe realizarse en un plazo no inferior a 24 ni superior a 36 meses contados desde el mes en que se otorgó dicho documento y según corresponda, de acuerdo con el último dígito de la placa patente. El certificado tendrá validez mientras no cambien las especificaciones de la motocicleta que fue objeto de la homologación.