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Trámite del Estado

Incorporación de muestreador de Productos Pesqueros de Exportación (PPE) y del Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos (PSMB)

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Incorporación de muestreador de Productos Pesqueros de Exportación (PPE) y del Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos (PSMB)"?

Si eres una entidad de muestreo autorizada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), solicita la incorporación de muestreadores de Productos Pesqueros de Exportación (PPE) o del Programa de Sanidad de Moluscos Bivalvos (PSMB). Haz el trámite durante todo el año por correo electrónico .

¿Cuáles son los requisitos del trámite?

Entidades de muestreo autorizadas por Sernapesca que: Se deseen vincular a muestreadores en las nóminas oficiales del Sernapesca. Cumplan con los requisitos establecidos en la, parte II, sección IV, capítulo I y II del Manual de Inocuidad y Certificación . El muestreador debe: Contar con el respaldo de una entidad que se encuentre autorizada por Sernapesca en el área de muestreo. Haber aprobado el curso para muestreador PPE o PSMB según corresponda. Contar con título o certificado de egreso de educación media técnico profesional, técnico de nivel superior de al menos 4 semestres o profesional, en el área de biología, química, alimentos, acuicultura o afín. No tener conflicto de interés respecto de la actividad de muestreo que se realizará.

¿Qué documentos necesito para el trámite?

Carta de patrocinio de la entidad de muestreo que lo respalda. Antecedentes curriculares actualizados. Copia del certificado de egreso de técnico o profesional con a lo menos 4 semestres de estudios superiores. Declaración jurada ante notario, en que conste que no existe conflicto de interés respecto de la actividad de muestreo que se realizará. Documento de respaldo de la realización y aprobación del curso PPE o PSMB según corresponda.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Ley Nº 18.892 , artículo 122 letra r, inciso segundo. Artículo 32 J, letra b del Decreto Fuerza Ley (DFL) Nº 5 de 1983 y sus modificaciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Manual de inocuidad y certificación de Sernapesca. Información proporcionada por Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Solicita la incorporación

Reúne los antecedentes requeridos y envíalos al correo electrónico entidades-sic@sernapesca.cl . Recibirás un correo de Sernapesca con la respuesta y, en caso de ser positiva, se actualizarán los listados de muestreadores PPE o PSMB correspondientes en la página web de la institución. Importante : El trámite no tiene costo. La autorización de muestreadores tendrá una duración de 10 años, a partir de la fecha de aprobación del curso oficial de muestreador PPE o PSMB. No obstante, el servicio podrá poner término a su vigencia por incumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos para el desarrollo de la actividad de muestreo, o por acciones impropias, que determinen pérdida de la confianza entregada.