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Declarar con formulario 29 IVA

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Declarar con formulario 29 IVA"?

Presenta la declaración y pago mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Formulario 29, ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). También podrás corregir o rectificar la declaración y realizar consultas integrales de fiscalización. Los plazos para la presentación de declaraciones del Formulario 29 se encuentran disponibles en la sección calendario tributario . A las declaraciones presentadas fuera de plazo legal se les calcularán reajustes, intereses y multas. Presenta la declaración durante todo el año en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) .

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios . Resolución Exenta Nº 75 , de 2004, instruye sobre presentación de declaraciones mensuales (formulario 29) sin pago, en la forma que se indica. Circular Nº 48 de 2004. Circular Nº 49 de 2009. Información proporcionada por Servicio de Impuestos Internos Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Conoce quiénes deben declarar

Contribuyentes afectos a la ley sobre impuesto a las ventas y servicios, cuando no realicen operaciones gravadas o exentas en uno o más períodos tributarios. Adicionalmente, también está dirigido a personas que no tengan que declarar otros impuestos en la declaración sin movimiento, por ejemplo, los relacionados con la ley sobre Impuesto a la Renta, como retenciones de honorarios, Impuesto único de Segunda Categoría. Obtén más información .

Sobre el trámite: Ingresa tu declaración

Accede al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con tu RUT y clave. Si no estás registrado, crea una cuenta . También puedes acceder con ClaveÚnica . Una vez declaradas tus obligaciones tributarias, el sistema procesará los datos y te entregará el certificado de recepción de declaración, con fecha de realización y Nº de folio. Importante : El trámite no tiene costo. La vigencia de la declaración es mensual, según calendario de IVA.