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Trámite del Estado

Permiso de escasa importancia y de carácter transitorio

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Permiso de escasa importancia y de carácter transitorio"?

Autoriza el uso particular de bienes nacionales de uso público o bienes fiscales, a personas naturales o jurídicas, a través de una resolución que faculta a su beneficiario a realizar las siguientes actividades: Extracción de materiales varios que se encuentren en las áreas sujetas a fiscalización y control del Ministerio de Defensa Nacional o Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (ex Subsecretaría de Marina). Instalación temporal de carpas u otras construcciones desarmables. Avisos de propaganda. Boyas y atracaderos para embarcaciones menores. Colectores de semillas. Balsas para bañistas y boyarines destinados a delimitar áreas de recreación. El trámite se puede realizar durante todo el año en la capitanía de puerto correspondiente.

¿Cómo se realiza el trámite y qué detalles debo considerar?

Los bienes sujetos de este permiso son : porciones de mar, ríos y lagos navegables por buques de más de 100 toneladas; terrenos de playa, playas, rocas, porciones de agua, fondo de mar, río y lago.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Reglamento sobre concesiones marítimas . Información proporcionada por Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: ¿A quién va dirigido?

Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras con residencia definitiva en el país.

Sobre el trámite: ¿Cómo y dónde hago el trámite?

store En oficina - Instrucciones Trámite en línea - Instrucciones Trámite en Sucursal Reúna los antecedentes requeridos. Diríjase a la capitanía de puerto correspondiente. Explique el motivo de su visita: solicitar un permiso de escasa importancia y de carácter transitorio. Entregue el formulario de permiso de escasa importancia o de carácter transitorio, adjuntando todos los antecedentes necesarios, según su necesidad. Como resultado del trámite, habrá cursado un permiso de escasa importancia o de carácter transitorio jurisdiccional. Obtendrá una respuesta en un plazo aproximado de 45 días. - Instrucciones contacto telefónico - Instrucciones trámite por Email - Instrucciones trámite en el Consulado

Sobre el trámite: ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Formulario de permiso de escasa importancia o de carácter transitorio, acompañado por los siguientes antecedentes: Plano en soporte digital. Certificado del Servicio de Impuestos Internos de tasación fiscal del m² y comercial, en caso de existencia de mejoras fiscales. En caso de solicitud de playa y de terreno de playa urbano, certificado de la Dirección de Obras Municipales, indicando si las obras proyectadas cumplen con el plano regulador. En caso de solicitud de playa y de terreno de playa rural, certificado de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, indicando si las obras proyectadas cumplen con el plano regulador. Certificado de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, respecto de si hay solicitudes de concesiones de acuicultura ya otorgadas y si existen áreas de manejo de recursos bentónicos decretadas, espacios costeros marinos para pueblos originarios o parques y reservas marinas. Para solicitudes en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta o Atacama, certificado S.A.G. respecto a la existencia de guaneras en un radio de 2 kilómetros que rodea al sector pretendido y si es lugar de aposentamiento de aves guaníferas. En caso de que el certificado informe de la existencia de guaneras en el radio señalado o sea lugar de aposentamiento de aves guaníferas, el solicitante deberá acompañar, además, la autorización del Ministerio de Agricultura para el otorgamiento del permiso o autorización. Autorización de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura si la solicitud tiene por objeto la instalación de colectores de semillas. En caso de que se pretendan desarrollar obras temporales o instalaciones, deberá acompañarse un presupuesto simple, detallando el monto a invertir y las obras o instalaciones a ejecutar, firmado por el peticionario. Respecto de las solicitudes para extracción de áridos en ríos y lagos navegables, deberá acompañarse un informe de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, certificando que la extracción no afectará el curso de las aguas y no provocará inundaciones o daños en infraestructura (puentes, caminos u otras obras públicas).