Trámite del Estado
Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)
Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026
¿Qué es "Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV)"?
Este beneficio monetario mensual, te permitía aumentar tu pensión si cumplías con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255 . Fue reemplazado, en 2022, por la Pensión Garantizada Universal (PGU) sin necesidad de hacer ningún trámite adicional, siempre y cuando el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) no fuera mayor que la PGU. Importante : Si tu APSV es mayor a la PGU, continuarás recibiendo el aporte . Si eres una persona beneficiaria de APSV y obtienes una pensión vitalicia, el Instituto de Previsión Social (IPS) reemplazará el aporte por la PGU . Puedes solicitar una asesoría para evaluar el valor más alto y determinar si mantener el APSV o cambiar a la PGU. Con la Reforma de Pensiones , desde septiembre de 2025 el IPS realiza reevaluaciones para calcular el valor de los beneficios y entregar la alternativa de mayor monto, según la edad que tengas.
¿Cuál es el marco legal del trámite?
Ley N° 21.419 , de 2022, que crea la Pensión Garantizada Universal (PGU). Norma de Carácter General (NCG) N° 319 , de 2024, de la Superintendencia de Pensiones. Ley N° 21.735 , de 2025, sobre la Reforma de Pensiones. Punto 6 de la Norma de Carácter General (NCG) N° 333 , de 2025. Información proporcionada por Instituto de Previsión Social Descarga una versión PDF de esta página
Sobre el trámite: Infórmate sobre la reevaluación de pensiones
Con la implementación de la Reforma de Pensiones , Instituto de Previsión Social (IPS) solicitará a las AFP la información actualizada de los valores de los beneficios, de la trayectoria y del bono compensatorio. ¿Cuáles son los plazos? El IPS deberá pedir los datos a más tardar el último día hábil de septiembre , respetando los grupos establecidos en la reforma: Septiembre de 2025: si tienes 82 años o más . Septiembre de 2026: si tienes 75 años o más . Septiembre de 2027: si tienes 65 años o más . Mientras que las AFP deberán entregar la información al IPS a más tardar el 11 de octubre , o el siguiente día hábil, respetando los mismos grupos: Octubre de 2025: si tienes 82 años o más . Octubre de 2026: si tienes 75 años o más . Octubre de 2027: si tienes 65 años o más . El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tengas) para notificarte que la PGU es más conveniente para que consideres la opción de renunciar al APSV.
Sobre el trámite: Obtén más información
Si tienes dudas: Solicita una videoatención en ChileAtiende . Llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 44 236 20 00 (si estás en el extranjero). Revisa el horario de atención . Dirígete a una sucursal ChileAtiende .
Sobre el trámite: Solicita asesoría de APSV
Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia , solicita la asesoría durante todo el año en una sucursal ChileAtiende . El IPS pedirá la información a tu Administradora de Fondos Previsionales (AFP), en marzo , junio , septiembre y diciembre , por lo que tendrás una respuesta en dichos meses. Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el bono compensatorio (este último si te corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU.