Trámite del Estado
Programa de Pavimentación Participativa
Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026
¿Qué es "Programa de Pavimentación Participativa"?
Organízate junto a tus vecinos y vecinas del barrio en un comité y presenta, con apoyo de tu municipio, un proyecto de pavimentación de veredas, pasajes o calles en ciudades y pueblos, rurales y urbanos. Hasta el 30 de septiembre (de cada año) se reciben las postulaciones en el Serviu para la validación técnica. Posteriormente, pueden ser ingresadas por la municipalidad, a la Seremi respectiva, hasta el 30 de octubre (fecha de cierre).
¿Cuáles son los requisitos del trámite?
Vecinos: Estar constituidos como comité de pavimentación. Tener el ahorro mínimo requerido. Contar con un proyecto de ingeniería aprobado por el Serviu. Llenar la ficha de postulación. Obra: Para proyectos de pavimentación , las veredas, calles o pasajes deben estar sin pavimento y contar con agua potable y alcantarillado. Para proyectos de repavimentación , la calzada o vereda deberá cumplir condiciones de deterioro que justifiquen su completa demolición. En ambos casos, deben tener una longitud entre 100 y 1.000 metros. Importante : consulta los documentos y la lista completa de los requisitos en tu municipalidad o Seremi de Vivienda.
¿Cómo se realiza el trámite y qué detalles debo considerar?
La construcción de las obras se financia con aportes de: Comité de pavimentación : financia entre el 5% y el 30% del costo total de la obra. Los comités calificados como muy vulnerables quedan exentos de hacer aportes financieros, así como también los que pertenecen a otros programas del MINVU, como el programa de Recuperación de Barrios. Municipalidad : debe cofinanciar entre un 5% y un 25% del costo de la obra. Las municipalidades con más habitantes en situación de pobreza quedan libres de aportes. MINVU : cubre el resto de los recursos requeridos hasta completar el 100% del costo de la obra. Obtén más información y revisa el manual de postulación .
¿Cuál es el marco legal del trámite?
Decreto Supremo (DS) Nº 114 (Vivienda y Urbanismo), de 1994. Resolución exenta Nº 1.820 (Vivienda y Urbanismo), de 2003. Información proporcionada por Ministerio de Vivienda y Urbanismo Descarga una versión PDF de esta página
Sobre el trámite: Postula al programa
Organízate junto a tus vecinos como un comité de pavimentación con representación jurídica. El o la representante debe dirigirse a la Secretaría Comunal de Planificación (Secplac) de su municipio para postular al programa de Pavimentación Participativa. Importante : En caso de cumplir con los requisitos, con el apoyo de la municipalidad y el Serviu, obtendrán un proyecto de ingeniería para la obra. Una vez que se reúnen todos los antecedentes se debe completar la ficha de postulación. Este documento debe ser ingresado a la Secplac del municipio. El municipio deberá ingresar y validar la postulación en las Seremi y los Serviu a través de la plataforma digital del MINVU.