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Trámite del Estado

Permiso de rescate y relocalización

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Permiso de rescate y relocalización"?

Permite obtener autorización para ejecutar el plan de rescate y relocalización de especies hidrobiológicas como medida de mitigación sobre especies protegidas o con medidas de administración. El trámite se puede realiza durante todo el año, en el sitio web y en la oficina de la Subsecretaría de Pesca .

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo. Sin embargo, el beneficio o beneficiaria deberá pagar la publicación en el Diario Oficial del abstracto de resolución que autoriza o rechaza la solicitud.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Artículos 1º B y 1º C de la Ley general de pesca y acuicultura . Artículo 3 del decreto exento Nº 878/2011 . Información proporcionada por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: ¿A quién va dirigido?

Personas naturales y jurídicas que cuenten con el personal y los conocimientos técnicos necesarios para realizar la investigación.

Sobre el trámite: ¿Cómo y dónde hago el trámite?

devices En línea store En oficina - Instrucciones Trámite en línea Reúna los antecedentes requeridos. Haga clic en "Solicitar permiso". Una vez en el sitio web de Subpesca, ingrese su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en "Ingresa". Si aún no la tiene, solicítela . Ingrese su solicitud. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles mediante resolución, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial con la aprobación o rechazo. - Instrucciones Trámite en Sucursal Reúna los antecedentes requeridos. Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso . Explique el motivo de su visita: solicitar permiso de rescate y relocalización. Entregue los documentos requeridos. Como resultado del trámite, habrá solicitado el permiso. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 60 días hábiles mediante resolución, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial con la aprobación o rechazo. - Instrucciones contacto telefónico - Instrucciones trámite por Email - Instrucciones trámite en el Consulado

Sobre el trámite: ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Documentos técnicos de referencia: Carta conductora, dirigida al subsecretario de Pesca y Acuicultura, suscrita por el solicitante en caso de que sea una persona natural, o por el representante legal en caso de personas jurídicas. Deberá indicar: nombre completo o razón social, RUT y domicilio. Currículum vitae, tanto del personal técnico como del jefe de proyecto, que acredite conocimientos de nivel técnico o profesional en las áreas de pesquería, acuicultura o ciencias del mar. Antecedentes legales: Copia de la cédula de identidad en caso de ser persona natural. En caso de ser persona jurídica, copia autorizada de los estatutos sociales y de su representante legal, con sus respectivos certificados de vigencia. En el caso de ser un estudio con financiamiento público, deberán adjuntar copia del acto administrativo pertinente. Para el trámite en línea debe contar con ClaveÚnica .