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Habilitación de establecimientos pecuarios para exportar animales o sus productos a Chile

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Habilitación de establecimientos pecuarios para exportar animales o sus productos a Chile"?

Para exportar mercancías de tipo pecuario a Chile, los establecimientos extranjeros deben solicitar autorización y ser habilitados previamente por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Establecimientos que deben ser habilitados: Planteles animales de reproducción. Centros de inseminación artificial. Establecimientos faenadores. Plantas procesadoras de productos y subproductos pecuarios. Fábricas de alimentos para animales y de ingredientes para alimentos. Laboratorios farmacéuticos de producción de medicamentos veterinarios. Establecimientos frigoríficos para carne y productos cárnicos. Establecimientos despostadores de carne. Establecimientos productores de miel y huevos con cáscara para consumo humano. Obtén más información . Solicita la habilitación en las oficinas de la autoridad sanitaria competente del país de origen .

¿Qué documentos necesito para el trámite?

Para que un establecimiento pueda optar a la habilitación de parte del SAG, el país donde se encuentra ubicado debe contar con: La evaluación favorable de la autoridad sanitaria competente del país de origen por parte del SAG. La evaluación favorable de la situación sanitaria del país de origen, en relación a las enfermedades de importancia, según la mercancía de interés, por parte del SAG. Si se encuentra interesado en exportar carne bovina, además de lo anterior, debe contar con un convenio aprobado para el cumplimiento de la Ley de carnes . Acuerdo del certificado sanitario oficial entre el SAG y la autoridad sanitaria competente del país de origen, en base a las exigencias sanitarias específicas por producto/animal, establecidas en la regulación nacional vigente. Con el cumplimiento de los puntos anteriores, el establecimiento podrá realizar la solicitud a través de la autoridad sanitaria competente del país de origen, quien deberá hacerlo por vía oficial al SAG, mediante el “Modelo de carta de solicitud de habilitación de establecimiento exportador a Chile” .

¿Cuál es el costo del trámite?

Los costos son a cargo del establecimiento interesado en habilitarse y varían según la modalidad de habilitación: Habilitación directa : los costos dependen del país en el cual se encuentran los establecimientos que optan a esta y al número de establecimientos incluidos en la solicitud, entre otros factores. Habilitación remota : actualmente el trámite tiene un costo de 5 UTM . Vigencia: Habilitación directa : 2 años. Habilitación remota : 1 año. Importante : para los laboratorios de producción farmacéutica, la habilitación tiene una vigencia de 5 años.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Resolución Nº 1.150 , de 2000. Resolución Nº 3.138 , de 1999. Resoluciones específicas por mercancías . Información proporcionada por Servicio Agrícola y Ganadero Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Conoce los tipos de habilitaciones

Habilitación directa : por medio de una verificación presencial por parte de funcionarios del SAG al establecimiento. Habilitación delegada : en la autoridad sanitaria competente del país de origen, solo si esas autoridades han sido evaluadas favorablemente por el SAG, reservándose el derecho a supervisar dichas habilitaciones. Habilitación remota : a través de un proceso de revisión documental, registros audiovisuales y una verificación realizada a distancia en tiempo real, por funcionarios del SAG al establecimiento, solo cuando se trate de un mercado que ya cuente con establecimientos habilitados para el producto y que los procesos anteriores de evaluación y habilitación hayan sido favorables.

Sobre el trámite: Solicita la habilitación

Con los documentos requeridos, dirígete a la autoridad sanitaria competente del país de origen para pedir la habilitación de establecimientos pecuarios para exportar animales o sus productos a Chile. Esta deberá solicitar la habilitación al SAG, mediante una carta dirigida al jefe de la División de Protección Pecuaria del servicio. Importante : El plazo de respuesta es variable, dependiendo de la modalidad. En el caso de la habilitación directa, se considera un tiempo aproximado de 3 meses, tomando en cuenta que se requieren aproximadamente 60 días para la coordinación de la visita de inspección y otros 30 días (20 días hábiles) para la emisión del informe con los resultados. Los establecimientos habilitados se registran en la respectiva lista de establecimientos habilitados para exportar mercancías pecuarias a Chile, disponible en el sitio web del SAG . Si necesitas más información envía un correo electrónico a habilitaciones@sag.gob.cl .