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Autorización de ingreso para organismo biológico a Chile

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Autorización de ingreso para organismo biológico a Chile"?

Solicita un permiso para el ingreso de organismos biológicos para ser usados como: control biológico, para investigaciones científicas, polinización o exhibición. A través de una resolución exenta del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), se establecen los requisitos y exigencias para que el organismo pueda entrar por los puntos autorizados. Gestiona la autorización durante todo el año en las oficinas del SAG o por correo electrónico .

¿Qué documentos necesito para el trámite?

Solicitud de ingreso, adjuntando la información requerida. Informe del SAG favorable del lugar de cuarentena. Resolución del SAG de autorización de importación.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Decreto Ley N° 3.557 de 1980 del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola. Resolución N° 2.229 de 2001 sobre Normas de Ingreso de Material Biológico. Resolución N° 3.193 de 2003 que establece requisitos fitosanitarios para el ingreso de Drosophila melanogaster para investigación. Información proporcionada por Servicio Agrícola y Ganadero Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Obtén más información

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de: Artrópodos vivos terrestres o dulceacuícolas, pertenecientes a la Clase Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda, Pauropoda y Crustacea, moluscos terrestres o dulceacuícolas, invertebrados carentes de apéndices, tales como Nematoda y Anellida, plantas nocivas, hongos, bacterias, virus, viroides, micoplasmas o cualquier otra forma de organismo que en forma directa o indirecta pueda dañar las plantas o el medioambiente. Se exceptúan de esta prohibición: Los agentes exóticos de control biológico. Polinizantes (excepto abejas y abejorros). Organismos con propósitos de investigación o de ornamentación.

Sobre el trámite: Solicita autorización de ingreso

Presenta la solicitud en las oficinas del SAG o envíala por correo electrónico a la División de Protección Agrícola-Forestal y Semillas (DPAFS) a través de las siguientes direcciones: agricola@sag.gob.cl , marco.munoz@sag.gob.cl , rodrigo.barra@sag.gob.cl . Importante : Dependiendo del tipo de organismo, la autorización tiene una vigencia de 180 días a 2 años. El costo asociado por la resolución es de 0,25 Unidad Tributaria Mensual (UTM) . Si el permiso requiere de una cuarentena de pos entrada, el lugar tiene que estar aprobado por el SAG. El costo es de 0,5 UTM por cada media hora de inspección.