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Trámite del Estado

Autorización de permanencia de organismos genéticamente modificados (OGM)

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Autorización de permanencia de organismos genéticamente modificados (OGM)"?

Obtén una autorización para sembrar semillas de organismos genéticamente modificados (OGM) que hayan sobrado de la temporada anterior (saldos). La temporada dura hasta el 31 de diciembre de cada año. Esta autorización tiene por objetivo que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) verifique que se mantiene la trazabilidad de las semillas de organismos genéticamente modificados (OGM) y es requisito para la siembra confinada del material hasta el 31 de diciembre del año en curso. Revisa más información . Solicita autorización durante todo el año en el sitio web del SAG .

¿Cuáles son los requisitos del trámite?

Productores de semilla que tengan saldos de semillas OGM del año anterior, cuyo objetivo sea la realización de semilleros de exportación o la realización de ensayos de evaluación para un nuevo período. Deben adjuntar la información de respaldo referente a las líneas de cada evento OGM, para lo que se solicita el formulario de permanencias desde el Sistema de Autorización OGM. Consulta la guía de usuario para solicitud de permanencia .

¿Cuál es el costo del trámite?

Se cobrará por estándar en horas de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 6.183 de 2018, y el cobro dependerá del tipo de actividad a realizar: Emisión de resolución que autoriza : 3,5 horas estándar (una hora estándar equivale a 0,5 UTM , de acuerdo al Decreto de Ley (DL) Nº 142 de 1990, del Ministerio de Agricultura). Inspección oficina de jurisdicción : 4,1 horas estándar (una hora estándar equivale a 0,5 UTM , de acuerdo al Decreto de Ley (DL) Nº 142 de 1990, del Ministerio de Agricultura). La resolución de autorización de permanencia tiene duración hasta el 31 de diciembre del año calendario.

¿Cómo se realiza el trámite y qué detalles debo considerar?

La evaluación de la solicitud de permanencia tiene dos etapas: Revisión de antecedentes: realizada por la División de Protección Agrícola - Forestal y Semillas. Inspección física: realizada por la oficina del SAG de la jurisdicción del depósito donde se encuentra la semilla OGM almacenada. La conclusión del proceso permite obtener una resolución de autorización de permanencia para un nuevo ciclo de siembra.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Resolución Exenta Nº 1.523 de 2001, que establece normas para la internación e introducción al medio ambiente de organismos genéticamente modificados de propagación. Información proporcionada por Servicio Agrícola y Ganadero Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Solicita autorización

Ingresa al sitio web del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) con tu nombre de usuario y contraseña. Si estás registrado, puedes ingresar con tu ClaveÚnica . Sigue los pasos que te indica el sistema y descarga el formulario de permanencia. Presenta el formulario junto al anexo de la solicitud en la oficina de partes del SAG . Los documentos deben estar firmados y dirigidos al jefe de la División de Protección Agrícola - Forestal y Semillas del SAG. Coordina la inspección de los saldos asociados a tu solicitud de permanencia.