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Solicitar normas de manejo de plantaciones

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Solicitar normas de manejo de plantaciones"?

Permite cortar o explotar plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal y aquellas ubicadas en suelos reconocidos como forestables y que hayan sido bonificadas a través del Decreto Ley (DL) Nº 701 . Para cortar o explotar, deberá presentar previamente a CONAF una solicitud de norma de manejo de pino, norma de manejo de eucaliptus o norma de manejo aplicable a plantaciones forestales afectadas por plagas cuarentenarias, según corresponda. La solicitud se puede realizar durante todo el año en el sitio web o en las oficinas de CONAF .

¿Cuál es el costo del trámite?

El costo del trámite se encuentra definido en el Decreto Supremo (DS) Nº 66 del Ministerio de Agricultura, el cual consta en la respectiva orden de pago, de acuerdo a la superficie a intervenir.

¿Cómo se realiza el trámite y qué detalles debo considerar?

El plazo de tramitación de las normas de manejo es de 120 días corridos. Cuando dicha norma contemple solo corta final y reforestación de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, ubicadas desde la región de Valparaíso a Los Lagos, se podrá presentar y registrar la norma de manejo ante CONAF y el plazo de pronunciamiento se reduce a 30 días corridos. Si la corta o explotación se pretende realizar en zonas fronterizas, deberá ser autorizada por la Dirección de Fronteras y Límites del Estado . Si además se trata de zonas aledañas al límite internacional, la Dirección deberá recabar un pronunciamiento del Ministerio de Defensa Nacional. Mientras se tramitan estas autorizaciones, se entenderán suspendidos los plazos indicados anteriormente. Además, estas cortas se encuentran afectas a las tarifas establecidas en el Decreto Supremo (DS) Nº 66 , del Ministerio de Agricultura. Al adherirse a una norma de manejo, el propietario o propietaria se compromete a efectuar las actividades silvícolas, en estricto cumplimiento a las prescripciones técnicas entregadas por CONAF al interior de la norma. Se debe considerar el ámbito de aplicación de cada una de ellas y las actividades o situaciones que se encuentran excluidas. La norma de manejo aplicable a plantaciones forestales afectadas por plagas cuarentenarias reguladas por el Servicio Agrícola y Ganadero , es aplicable solo cuando la plantación evidencie afectación por una plaga declarada oficialmente por dicho organismo.

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Decreto Ley (DL) Nº 701 , de 1974, sobre Fomento Forestal. Decreto Supremo (DS) Nº 193 , de 1998, sobre Reglamento General del Decreto Ley N° 701. Decreto Supremo (DS) Nº 66 , de 1992, que fija tarifas por actuaciones e inspecciones que deba realizar la Corporación Nacional Forestal. Información proporcionada por Corporación Nacional Forestal Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: ¿A quién va dirigido?

Propietarios o propietarias de predios que deseen cortar o explotar plantaciones existentes en terrenos de aptitud preferentemente forestal y aquellas ubicadas en suelos reconocidos como forestables y que hayan sido bonificadas a través del Decreto Ley (DL) Nº 701 .

Sobre el trámite: ¿Cómo y dónde hago el trámite?

devices En línea store En oficina - Instrucciones Trámite en línea Reúna los antecedentes requeridos. Haga clic en "ir al trámite en línea". Una vez en el sitio web de la institución, haga clic en “ingresar”. Escriba su RUT y contraseña. Si no está registrado, cree una cuenta. En el menú, seleccione norma de manejo requerida. Complete los datos requeridos, y adjunte los documentos. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. - Instrucciones Trámite en Sucursal Reúna los antecedentes requeridos. Diríjase a la oficina regional, provincial o de área de CONAF que corresponda. Explique el motivo de su visita: presentar una norma de manejo ante CONAF. Entregue los antecedentes requeridos. Como resultado del trámite, habrá presentado la solicitud. Obtendrá una respuesta a través de una resolución que aprueba o rechaza la solicitud. - Instrucciones contacto telefónico - Instrucciones trámite por Email - Instrucciones trámite en el Consulado

Sobre el trámite: ¿Qué necesito para hacer el trámite?

Formulario de norma de manejo, de acuerdo a la especie a intervenir (pino o eucaliptus) y según sea el objetivo de la corta (manejo o fines sanitarios). Autorización de ingreso al predio (a menos que se haya presentado con anterioridad ante CONAF). Cartografía. Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 120 días hábiles contados desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces. Solo para segundas presentaciones se puede presentar una declaración jurada del propietario firmada ante notario para acreditar que no ha existido cambio de dominio del predio. Petición para que la CONAF recabe autorización de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, si el plan de manejo contempla corta o explotación de bosques ubicados en zonas fronterizas. Documentación legal, según tipo de propietario o propietaria. Obtenga más información .

Sobre el trámite: ¿Qué vigencia tiene?

La vigencia está sujeta a la calendarización que proponga el propietario o propietaria en la norma de manejo, para la ejecución de las actividades