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Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP)

Información publicada por el Estado de Chile en su ficha oficial · consultada el 3 de agosto de 2026

¿Qué es "Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP)"?

Ingresa, consigna y carga los registros de ingreso y permanencia en los recintos portuarios, si eres empleadora o empleador de trabajadoras y trabajadores portuarios, según lo dispuesto en el artículo 133, inciso 4º del Código del Trabajo , y el respectivo reglamento de trabajo. Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) .

¿Cuáles son los requisitos del trámite?

Para realizar el trámite, deberás cumplir los siguientes requisitos: Ser una empresa portuaria creada por la Ley Nº 19.542 . Ser una empresa portuaria que administre puertos o frentes de atraque, según un contrato de concesión dispuesto por la Ley Nº 19.542 . Ser una empresa con concesiones marítimas que operen como puertos privados de uso público o privado, de acuerdo con el Decreto Nº 2 (de 2005) que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto (M) Nº 660 (de 1988) , y el Decreto Supremo Nº 9 (de 2018) que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nº 2 (de 2005). Ser una empresa de muellaje que desarrolle trabajos en puertos privados y/o que desarrolle trabajos en las empresas portuarias creadas por la Ley Nº 19.542 . Importante : revisa los documentos normativos y técnicos en el sitio web del Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria .

¿Cuál es el marco legal del trámite?

Código del Trabajo . Ley Nº 20.773 , de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Resolución Exenta Nº 2.065 , de 2017. Reglamento sobre trabajo portuario, aprobado por Decreto N° 48, de 1986 , cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el Decreto N° 90, de 1999 , y modificado por el Decreto N° 60, de 1999 , y el Decreto N° 29, de 2020 . Información proporcionada por Dirección del Trabajo Descarga una versión PDF de esta página

Sobre el trámite: Ingresa al SCCNLP

Si es la primera vez que ingresas al sistema, completa el formulario y envíalo al correo electrónico puertos@dt.gob.cl para obtener la clave de acceso. Ingresa al SCCNLP: Para realizar el trámite, entra al sitio web de la SCCNLP y sigue las siguientes instrucciones: Haz clic en "acceso ambiente web productivo". Una vez que hayas suscrito la declaración jurada de veracidad de los datos ingresados, envíala al correo electrónico: puertos@dt.gob.cl. Seleccione una opción: Login empresa : (con la clave enviada por la DT) para acceder al administrador geográfico para empresas concesionarias; ingresar comité paritario y administrar usuarias, usuarios y convenios de provisión de puestos de trabajo para empresas concesionarias y de muellaje. Login ClaveÚnica : para incorporar las "nombradas" o listas de trabajadoras o trabajadores que desean obtener el permiso de la autoridad marítima para acceder al puerto, además de las "jornadas" o asistencia de cada trabajador o trabajadora. Sigue las instrucciones que indique el sistema. Como resultado del trámite, habrás registrado la información de tu empresa de concesionaria o de muellaje al Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP).

Sobre el trámite: Obtén más información

Si tienes dudas, escribe al correo electrónico puertos@dt.gob.cl

Sobre el trámite: Revisa la vigencia

Empresas de muellaje : indefinida. Sin embargo, estarán sujetas a la renovación de su vigencia, según los artículos: 136º del Código del Trabajo . Desde el artículo 2º en adelante del Decreto Supremo Nº 90 , de 1999. Empresas portuarias : su vigencia está definida en el contrato de concesión, según lo dispuesto en la Ley Nº 19.542 ; o en el decreto de concesión fijado por el Decreto Nº 2 (de 2005) que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto (M) Nº 660 (de 1988) y el Decreto Supremo Nº 9 (de 2018) que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nº 2 (de 2005) .